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Funciones del Archivo Municipal

Objetivos y funciones del personal de la Unidad de Archivo Municipal

Titular

  1. Acordar con el Secretario General del Ayuntamiento el programa de trabajo;
  2. Adecuar el manejo, clasificación y catalogación del material que allí se concentre, mediante la remisión detallada que efectúan las Áreas Municipales para su custodia y fácil consulta;
  3. Asesorar técnicamente en asuntos de su competencia a los titulares de las Áreas Municipales;
  4. Atender a la población en las consultas que realice; así como, proporcionarle los servicios relativos al banco de datos e información documental, estadística e histórica, conforme lo dispuesto en la normatividad aplicable;
  5. Comunicarles a las Áreas Municipales de las deficiencias que existen en la documentación que envían al Archivo Municipal y en su manejo;
  6. Conservar, restaurar, difundir y reproducir el acervo documental del archivo que se considere de interés para el público en general;
  7. Coordinarse con el Cronista Municipal, para la difusión de la memoria del acontecer histórico local;
  8. Coordinarse con las Áreas Municipales, para efectos de la selección de documentos que le serán traspasados, con la periodicidad y lineamientos que se fije de manera conjunta con la Secretaría del Ayuntamiento;
  9. Difundir las funciones del Archivo Municipal, a fin de convertirlo en lugar de interés para la población;
  10. Elaborar los manuales de organización y de procedimientos del Archivo Municipal, en coordinación con las Áreas Municipales competentes, enviarlos para su registro y aplicarlos;
  11. Elaborar y remitir al Ayuntamiento a través de la Secretaría General, el dictamen técnico que sustente la depuración de documentos, conforme a la normatividad aplicable;
  12. Emitir a las Áreas Municipales y dependencias competentes los informes que le sean solicitados, conforme lo dispuesto en la normatividad aplicable;
  13. Emitir opinión en la contratación del personal al servicio del Archivo Municipal, procurando que éste reúna los conocimientos archivísticos y administrativos necesarios; así como vigilar y manejar a los servidores públicos que se encuentra bajo su responsabilidad;
  14. Establecer el servicio de préstamo y consulta de documentación del Archivo, en los términos de la normatividad aplicable;
  15. Establecer el servicio de préstamo y consulta de documentación del Archivo a las Áreas Municipales, de acuerdo con las normas aplicables;  
  16. Facilitar los documentos en resguardo, para su consulta y en su caso fotocopiarlos, conforme lo dispuesto en la normatividad aplicable;
  17. Facilitar los documentos, previa anuencia del Secretario del Secretario del Ayuntamiento, a quienes soliciten consultar los expedientes con carácter reservado; así como documentos históricos, copias de escritos encuadernados o de los que peligre su integridad por el manejo, los cuales sólo se autorizará fotografiarlos en el lugar en que se encuentren;
  18. Informar a la Secretaría General, los avances de sus actividades y los resultados de sus análisis estadísticos que permitan medir la capacidad de respuesta del Archivo Municipal en los términos y condiciones que indique la misma;
  19. Informar mensualmente al Secretario General sobre las actividades e investigaciones realizadas por la Áreas Municipales, así como del estado que guarda el Archivo Municipal;
  20. Preservar, organizar y administrar el archivo del Municipio, clasificar los documentos que allí se concentran, llevar registro de éstos; así como, de la recepción y envío de los mismos a las instancias competentes;
  21. Promover la asistencia de consultores al Archivo Municipal en plan de investigación, a fin de convertirlo en un lugar de interés para los habitantes del Municipio;
  22. Promover las actividades que en él se desarrollan como son: exposiciones, conferencias, presentaciones, visitas guiadas, etc., relativas al acervo histórico; 
  23. Proponer a las Áreas Municipales y dependencias competentes, las políticas, lineamientos y acciones necesarias para la preservación de los documentos;
  24. Proporcionar al público los servicios relativos al banco de datos e información documental, estadística e histórica, con las limitaciones y reservas que para tal efecto se establezcan;
  25. Registrar en cédula principal los decretos, leyes, reglamentos y demás disposiciones emitidas por las autoridades federales, los gobiernos de los estados y los Ayuntamientos, que le sean remitidos;
  26. Se encargará de custodiar, conservar, acrecentar el acervo documental del archivo; 
  27. Las demás que le encomiende el Secretario del Ayuntamiento, las leyes, este Reglamento, su propio reglamento y otras disposiciones reglamentarias. 

Servidores Públicos

  1. Atender a los investigadores, estudiantes y grupos escolares que soliciten información propia del área;
  2. Atender y facilitar la consulta de quien lo solicite;
  3. Clasificar los expedientes que le sean turnados;
  4. Mantener y clasificar el acervo documental bajo su resguardo;
  5. Resguardar y mantener en buen estado los documentos con valor histórico para el Municipio; 
  6. Resguardar y mantener en buen estado los expedientes a su cargo;
  7. Las que le sean indicadas por el titular del Archivo Municipal.

Información sobre gestión pública revisada y actualizada para el ejercicio 2016

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