Como Presidente de Zapotlán el Grande, me corresponde la función ejecutiva del Municipio, y tengo las siguientes obligaciones:
En materia de Gobierno y Régimen Interior
- Conducir las relaciones políticas del Ayuntamiento con los poderes federales, estatales y con otros municipios y representar a la institución oficial en todos los actos oficiales;
- Convocar y presidir las sesiones del Ayuntamiento, teniendo voz y voto;
- Coordinarse con el Secretario General, para la información y documentación que soporten la propuesta de acuerdos que deban analizarse en sesión. Dichos documentos, además de los dictámenes que preparen las comisiones, deberán ser entregados a los integrantes del Ayuntamiento en los términos que señale el Reglamento Interior;
- Cumplir y hacer cumplir la Ley, los reglamentos, los bandos municipales y las resoluciones del Ayuntamiento;
- Designar de entre los munícipes a la persona que deba sustituirlo durante las sesiones del Ayuntamiento;
- Nombrar y remover a los servidores públicos municipales cuya designación o remoción no sea facultad exclusiva del Ayuntamiento, de acuerdo al reglamento respectivo;
- Presentar al Ayuntamiento iniciativa de reglamentos, bandos y demás disposiciones administrativas de observancia general y de reformas y adiciones, en su caso;
- Proponer al Ayuntamiento los nombramientos del Secretario, Tesorero, y Contralor municipal, y podrá removerlos en caso justificado;
- Rendir informe al Ayuntamiento del ejercicio de la administración en la fecha que se fije con la oportunidad necesaria, la que se hará saber a las autoridades estatales y a los ciudadanos en general;
- Solicitar autorización del Ayuntamiento para ausentarse del Municipio por más de quince días y para separarse temporalmente de sus funciones;
- Solicitar la publicación en la Gaceta Municipal y/o Periódico Oficial los reglamentos y demás disposiciones de observancia general concernientes al Municipio;
- Suscribir a nombre del Ayuntamiento y en los casos que lo ameriten con autorización del Ayuntamiento, todos los actos jurídicos y contratos necesarios para el despacho de los negocios administrativos y la eficaz prestación de los servicios públicos municipales;
- Tener a su cargo la Dirección General de Seguridad Publica, pudiendo ejercerlo mediante el servidor público que designe en la cabecera municipal y por los encargados en los lugares que lo ameriten; y
- Vigilar el desempeño de los servidores y empleados del Municipio, corregir oportunamente las faltas que observe y hacer del conocimiento de la autoridad correspondiente las que a su juicio puedan constituir la comisión de un delito.
En materia de Servicios Públicos y Desarrollo Urbano
- Dirigir y vigilar el funcionamiento de los servicios públicos municipales;
- Coordinar acciones de desarrollo urbano con la Federación y el Estado para unificar criterios que faciliten la planeación;
- Vigilar el cumplimiento de la Ley de Asentamientos Humanos, el Código Urbano para el Estado de Jalisco, y demás ordenamientos en materia de desarrollo urbano para la aprobación de los programas y declaratorias de provisiones, usos, reservas y destinos de áreas y predios;
- Vigilar que las Áreas Municipales y órganos paramunicipales encargadas de los distintos servicios municipales cumplan eficazmente con su cometido;
En materia de Seguridad Pública
- Prestar a las autoridades judiciales el auxilio que soliciten; y
- Tener bajo su mando los cuerpos de policía preventiva para asegurar el disfrute pleno de los derechos humanos y la conservación del orden , así como la tranquilidad pública.
En materia de Hacienda Municipal
- Vigilar que la recaudación en todas las ramas de la hacienda pública municipal, se hagan con apego a la Ley de Ingresos del Municipio y demás ordenamientos en materia fiscal y hacendaria; y
- Vigilar que el gasto y la inversión de los fondos municipales, se haga con estricto apego al presupuesto de egresos y la normatividad aplicable en la materia.
En materia Social, Cultural y Desarrollo Comunitario
- Aplicar, en la esfera de su competencia, las normas para el equilibrio ecológico y la protección al ambiente;
- Designar a su suplente en los consejos y comités municipales cuando los presida;
- Promover el desarrollo económico de las comunidades a través de un apoyo a los proyectos comunitarios que aseguren la generación de empleos locales;
- Promover la organización y participación ciudadana a través de la consulta popular permanente y de los comités de participación social para fomentar una nueva cultura y el desarrollo democrático e integral de los habitantes del Municipio;
- Promover las actividades cívicas, culturales y de recreación en el Municipio;
- Vigilar en plena coordinación con la Contraloría Municipal, que las acciones del Gobierno en materia de obra pública se ejecuten de acuerdo con las normas y presupuestos aprobados, así como constatar la calidad de la obra; y
- Vigilar y preservar el patrimonio cultural e histórico del Municipio;
Las demás funciones que le señalen la Constitución Federal, Constitución Local, leyes federales, estatales, la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco y los Reglamentos Municipales.