Reglamento del Gobierno y La Administración Publica Municipal de Zapotlán el Grande Jalisco.
Articulo 205.- La Dirección de Mantenimiento e Infraestructura dependiente de la Dirección General de Gestión de la Ciudad tiene las siguientes atribuciones:
I. Aplicación de lineamientos y acciones que permitan que el parque de maquinaria sea autosustentable, logrando con esto un adecuado y oportuno mantenimiento preventivo y en su caso correctivo.
II. Coordinación de recursos humanos, equipo menor y maquinaria.
III. Dar apoyo a las dependencias municipales y dependencias competentes en la atención de las contingencias que se presenten y emitir las recomendaciones correspondientes a la población, particularmente para la atención de las que en materia de inundaciones, explosiones y sismos se pudieran presentar.
IV. Diseño de estrategias para ejecución y control de trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo en infraestructura hidráulica de prevención y gestión de riesgos naturales, así como rios, arroyos y otros cuerpos de agua.
V. Llevar a cabo las obras de pavimentación en vías publicas, las cuales se ejecuten con recurso 100% municipal.
VI. Proponer las soluciones técnicas en el ramo de la construcción para la atención de las demandas de la población.
VII. Realizar estudios financieros que ayuden a la toma de decisiones en cuestión de optar por arrendar maquinaria o adquirirla a costo propio o buscando opciones de apoyo y financiamiento para este fin.
VIII. Realizar reportes de entrada y salida de suministros y materiales, así como determinar el lugar de su aplicación, supervisando su correcta aplicación, respetando los rendimientos determinados para cada actividad.
IX. Realizar un informe mensual de las actividades realizadas por la unidad de mantenimiento, acompañado por un reporte del costo directo que tuvo cada accion.
X. Realizar los estudios previos del estado que guardan de los diferentes tipos de pavimentos, para que las vialidades sean fluidas y seguras para la población.
XI. Planear, operar, ejecutar, supervisar y dirigir los trabajos que se realicen en mejoras de las vialidades.
XII. Informar al Directo de Obras Publicas, los avances de los estudios, actividades y resultados de análisis estadísticos que permitan medir la capacidad de respuesta de la unidad en los términos y condiciones que indique su titular.
XIII. Coadyuvar con las dependencias que forman parte del sistema de comunicación municipal en la prestación de dichos servicios , a fin de aplicar su capacidad de respuesta.
XIV. Dar contestación a las solicitudes de los particulares en lo relativo a desperfectos de los pavimentos en la vía publica.
XV. Revisar los diferentes hundimientos de pavimentos para dar solución de acuerdo a lo detectado por medio de la unidad o canalizarlo a la dependencia correspondiente de acuerdo al tipo de daño.
XVI. Coadyuvar con las dependencias competentes, en la supervisión del proceso de ejecución de las obras, de los diferentes pavimentos ya que será esta unidad quien en lo posterior de mantenimiento a las vialidades.
XVII. Coadyuvar con las dependencias competentes, en la participación de la recepción de las obras, de los diferentes pavimentos.
XVIII. Vigilar el cumplimiento de las normas técnicas, referente a la construcción, mantenimiento de las diferentes obras de pavimentación y/o bacheo.
XIX. Planear, programas preventivos de revestimientos de carpetas asfálticas y calafateo de losas de concreto hidráulico.
XX. Vincular el diagnostico del estado que guardan los pavimentos de la ciudad, para la implementación de programa de mantenimiento, reparación, sustitución de pavimento en uno adecuado a las características de cargas vehiculares o de flujo de pluvial, imagen urbana garantizando una mejor calidad de las vialidades.
XXI. Elaborar informes y análisis estadísticos que permitan medir la capacidad de respuesta de la unidad de bacheo y generar los indicadores, para evaluar su operación.
XXII. Emitir opiniones técnicas que puedan incidir en la actualización de las disposiciones reglamentarias respecto a los tipos de pavimentos a utilizar en los diferentes desarrollos urbanos.
XXIII. Diseñar, implementar y promover con calidad y eficiencia, los mecanismos que sean necesarios para agilizar las reparaciones solicitadas por los habitantes.
XXIV. Elaborar y ejecutar con eficiencia los programas de la dirección, acorde al programa de gobierno municipal, en coordinación con las dependencia competentes.
XXV. Proporcionar mantenimiento preventivo y correctivo a los diferentes pavimentos de las vialidades del municipio.
XXVI. Establecer estrategias de ahorro de los materiales aplicables, vigilando que se realicen apegados a las especificaciones y reglamentos vigentes.
XXVII. Vigilar que los trabajos se realicen con los materiales, equipo, herramientas y procedimientos adecuados para obtener una mayor durabilidad, como rapidez en los trabajos.
XXVIII. Vigilar que los trabajas se realicen con los señalamientos necesarios para causar la menor molestia a la población.
XXIX. Vigilar que los trabajadores traigan su equipo de seguridad y de trabajo.
XXX. Vigilar que después de realizar una reparación se retire el material sobrante y/o producto de la demolición y las vialidades queden libres de escombro.
XXXI. Coordinar el personal, equipo y maquinaria utilizadas para dicha tarea de bacheo.
XXXII. Coordinar el suministro de material para las reparaciones de los pavimentos de empedrado, concreto, adoquín y asfalto.
XXXIII. Supervisar materiales y mano de obra utilizada en una reparación.
XXXIV. Ejecución de reparaciones menores de los diferentes tipos de pavimentos del municipio.
XXXV. Operar los programas de prevención para reducir al mínimo los trabajos urgentes de reparación y conservación de pavimentos en las vías publicas municipales.
XXXVI. Formular los planes y programas anuales de trabajo de la unidad de bacheo y proponerlo al director de Obras Publicas.
Recursos asignados para la realización de la función publica y la prestación del servicio publico.
AÑO 205