Objetivos, funciones y recursos
Del Departamento de Apremios
Objetivos
Le corresponde llevar a cabo la recuperación de créditos fiscales en materia municipal, así como las siguientes:
Funciones
1. Ejercer la facultad económico-coactiva mediante el Procedimiento Administrativo de Ejecución;
2. Ejercer las acciones correspondientes que conlleven al desahogo del Procedimiento
Administrativo de Ejecución, con la finalidad de hacer efectivo el cobro de los créditos fiscales
en favor del Municipio, en los términos previstos en la normatividad aplicable, dichas acciones
deberán realizarse con apoyo y en coordinación con el área jurídica del Municipio;
3. Dar seguimiento, coordinación y ejecución de las actuaciones administrativas a la realización de
los cobros correspondientes;
4. Emitir convenio, previa autorización del Director de Ingresos, para el pago diferido o en
parcialidades de los créditos fiscales, mediante garantía de su importe y accesorios legales; así
como la dación de bienes o servicios en pago de los mismos;
5. Enviar citatorios y requerimientos a contribuyentes, generados por los Jefaturas de la Tesorería,
así como de otras dependencias que se le encomienden;
6. La realización directa de actuaciones recaudatorias;
7. La remisión y colaboración con los notificadores de cobranza de cuantas actuaciones estimen
necesarias para la realización del cobro;
8. Llevar a cabo la adjudicación a quien adquiera los Bienes Embargados puestos a subasta, ya
sea a persona física o Moral, o bien al Municipio en coordinación con la Dirección Jurídica y el
Síndico Municipal;
9. Llevar cabo el procedimiento del remate de bienes secuestrados a los contribuyentes y
legalmente adjudicados al Municipio, remitiendo los documentos respectivos al Tesorero
Municipal y/o Director Administrativo para su autorización;
10. Mandar realizar los Avalúos y Peritajes, con respecto de la naturaleza u origen de los Bienes a
Embargar en coordinación con la Sindicatura Municipal;
11. Notificar los actos administrativos propios de la Dirección, en los términos de la normatividad
aplicable;
12. Realizar las Actas de Remate de los bienes embargados;
13. Recibir las garantías que se otorguen para suspender el Procedimiento Administrativo de
Ejecución, previa autorización del Tesorero y/o Director Administrativo;
14. Proponer el manual de organización del área y/o sus modificaciones y remitirlo a su superior
inmediato y/o al titular de la hacienda municipal, para las autorizaciones correspondientes.
15. Publicar la información que se requiera en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
16. Las demás que le asigne el Director de Ingresos, el Director Administrativo y/o el Tesorero y las
disposiciones legales y reglamentos aplicables en la materia.
Regulación básica
Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Zapotlán el Grande (página 59)
Reglamento Orgánico de la Administración Publica Municipal de Zapotlán el Grande 2019 (Página 53)
Reglamente del Gobierno y la Administración Publica Municipal de Zapotlán el Grande, Jalisco (Pagina 89)