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Funciones Jefatura de Auditoría Financiera

Práctica de auditorías financieras

Reglamento del Gobierno y la Administración Pública Municipal de Zapotlán El Grande, Jalisco.

Artículo 265.- La Auditoría Financiera tiene las siguientes funciones y atribuciones:

I. Cotejar y revisar los informes financieros de las dependencias y entidades municipales.

II. Establecer las bases generales para la realización de auditorías financieras en las dependencias y entidades municipales;

III. Ordenar y practicar auditorías financieras y visitas periódicas de inspección a las dependencias y entidades municipales, a efecto de constatar que el ejercicio del gasto público sea congruente con las partidas del presupuesto de egresos autorizado y de conformidad con las disposiciones normativas aplicables;

IV. Proponer a través del Titular de la Contraloría, medidas preventivas, de control y correctivas a las dependencias y entidades municipales, respecto de su funcionamiento, tendientes a la mejora continua, derivado de las auditorías practicadas;

V. Revisar el presupuesto y vigilar el ejercicio de los recursos financieros y patrimoniales de las dependencias y entidades del municipio, fideicomisos, y de todos aquellos organismos que manejen o reciban fondos o valores del Municipio, ya sea a través de Administraciones de la Hacienda Municipal de las contribuciones que directamente reciben;

VI. Supervisar, en la práctica de auditorías e inspecciones, que las dependencias y entidades municipales, cumplan con sus obligaciones en materia de planeación, presupuestación, programación, ejecución y control; así como con las disposiciones contables, de recursos humanos, adquisiciones, de financiamiento y de inversión que establezca la normatividad en la materia;

VII. Vigilar que las funciones y procesos que realizan las dependencias y entidades municipales se lleven a cabo con criterios de sustentabilidad, austeridad y transparencia;

VIII. Solicitar a las dependencias y entidades municipales, cualquier documentación e información necesarias para el ejercicio de sus facultades; y

IX. Las demás previstas en la legislación, el reglamento interior y la normatividad aplicable.


Recursos asignados para la realización de la función pública y la prestación del servicio público.



Financieros (Este departamento no cuenta con presupuesto)

Fecha de última revisión y/o actualización: Jueves 10 de septiembre de 2025.


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