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Funciones de Catastro Municipal

Dirección

  1. Acreditar a los peritos valuadores conforme a las disposiciones de la Ley de la materia y sus reglamentos;
  2. Aplicar las normas técnicas y administrativas para identificación, registro, valuación, reevaluación y delimitación de los predios ubicados en el Municipio;
  3. Auxiliar a las dependencias y organismos públicos cuyas atribuciones o actividades en materia de planeación, programación, o elaboración y realización de proyectos específicos del desarrollo estatal, regional y municipal, requieran de los datos contenidos en el catastro;
  4. Contar con planos y dimensiones de las vías de acceso y servicios de las instalaciones municipales en Coordinación con la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano;
  5. Cuidar que los actos catastrales a su cargo se llevan a cabo con estricto apego a la normatividad de la materia;
  6. Elaborar informes y análisis estadísticos municipales mediante la incorporación de métodos, sistemas y tecnologías, que permitan medir la capacidad de respuesta de la Dirección y generar los indicadores para evaluar su operación;
  7. Elaborar planos de ubicación de las colonias irregulares que sirven de base al inicio de la regularización de dichos predios en Coordinación con la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano;
  8. Elaborar planos de ubicación para el desarrollo industrial, habitacional, comercial y turístico en coordinación con la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano; 
  9. Elaborar planos del Municipio con fines de información catastral y estadística en coordinación con la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano; 
  10. Elaborar planos manzaneros para determinar los servicio públicos existentes, desarrollando un programa de actualización en Coordinación con la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano;
  11. Elaborar planos para indicar las vialidades de todo el Municipio, señalando sentido del tránsito, vías de acceso y de salida en Coordinación con la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo Urbano;
  12. Elaborar y ejecutar con eficiencia los programas de la Dirección, acorde al Programa de Gobierno Municipal, en coordinación con las dependencias competentes;
  13. Elaborar y mantener actualizada la cartografía municipal;
  14. Elaborar y presentar al Tesorero, proyectos y presupuestos inherentes al catastro del Municipio;
  15. Emitir los criterios administrativos para la formación, mejoramiento y conservación de los registros catastrales;
  16. Emitir opiniones técnicas que puedan incidir en la actualización de las disposiciones reglamentarias relacionadas con las actividades de la Dirección y que contribuyan de manera positiva en el desarrollo de un mejor modelo de ciudad;
  17. Expedir los certificados catastrales que se le soliciten, así como los informes, planos y copias de documentos de los predios enclavados en el Municipio;
  18. Expedir y notificar los avalúos catastrales;
  19. Informar al Tesorero Municipal las sanciones que procedan en los términos de la Ley de Catastro vigente;
  20. Informar al Tesorero Municipal, los avances de sus actividades, y resultado de análisis estadísticos que permitan medir la capacidad de respuesta de la Dirección en los términos y condiciones establecidas; 
  21. Informar oportunamente a la Tesorero Municipal y Síndico Municipal, de los emplazamientos de carácter legal en que se vea involucrada;
  22. Integrar la información catastral del Municipio, asignando las claves catastrales a cada inmueble; 
  23. Llevar a cabo inspecciones y valuaciones de los predios que conforman el Catastro Municipal, para mantener actualizados los archivos cartográficos, el padrón de contribuyentes, así como de aquellos predios que la ley señala como exentos de pago; 
  24. Llevar a cabo inspecciones y valuaciones de los predios que conforman el Catastro Municipal, para mantener actualizados los archivos cartográficos, el padrón de contribuyentes, así como de aquellos predios que la ley señala como exentos de pago; 
  25. Mantener actualizadas las bases de datos catastrales del Municipio, tanto cartográfica como alfanumérica, así como el archivo de la documentación con las que se integren;
  26. Notificar a la Dirección de Catastro del Estado de las posibles infracciones en que incurran los peritos valuadores, remitiendo las pruebas correspondientes a fin de que se inicie el procedimiento administrativo y se apliquen las sanciones correspondientes;
  27. Planear y ejecutar estudios sobre infraestructura urbana, haciendo un análisis de los valores comerciales de los bienes inmuebles ubicados en el Municipio, con la Coordinación General de Gestión de la Ciudad; 
  28. Planear y ejecutar estudios sobre infraestructura urbana, haciendo un análisis de los valores comerciales de los bienes inmuebles ubicados en el Municipio, con la Coordinación General de Gestión de la Ciudad;
  29. Presentar cada año, la propuesta de modificaciones a las tarifas que por concepto de pagos de derechos se deban prever en la Ley de Ingresos Municipal, 
  30. Proponer ante el Consejo Técnico Catastral del Estado los sistemas de valuación masiva donde se integren: terminología, parámetros de valores unitarios de terreno y construcción; coeficientes de demérito e incremento; precisiones y rangos; así como la puesta en operación del mismo sistema y la reglamentación para su aplicación, los que servirán de base para valuar la propiedad inmobiliaria;
  31. Proponer la tabla de valores unitarios de los diferentes sectores en el Municipio de conformidad a la ley en la materia; 
  32. Proporcionar a las personas que mediante solicitud por escrito y previo pago de los derechos correspondientes, la información catastral que se encuentre en sus archivos, como certificaciones, actos jurídicos, documentos, existencia o inexistencia de inscripciones relativas a predios; las que bajo ningún concepto significarán el reconocimiento o aceptación de un derecho; 
  33. Realizar los trabajos técnicos tendientes a lograr la identificación, valuación, reevaluación y delimitación de los inmuebles ubicados en el Municipio; 
  34. Recibir la solicitud de inscripción, avisos, manifestaciones y demás documentos a que están obligados los contribuyentes, conforme a la normatividad aplicable;
  35. Registrar los avalúos elaborados por los peritos valuadores, cuando contengan los datos correctos para su identificación y localización para su posterior revisión. En caso de que existan discrepancias con los valores o datos reales del bien inmueble y estos sean superiores al 15% en valores o superiores al 10% en sus medidas y áreas, notificar al Catastro del Estado para iniciar los procedimientos administrativos respectivos para fincar la responsabilidad fiscal solidaria y las sanciones administrativas que resulten.
  36. Resolver oportunamente las inconformidades que sobre los avalúos practicados, presenten los contribuyentes;
  37. Solicitar a los contribuyentes información sobre medidas y características de los inmuebles, a efecto de mantener el padrón catastral actualizado y en su caso aplicar medios de apremio a los contribuyentes que se la nieguen o hagan caso omiso del requerimiento de información, conforme a lo que determina la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco; 
  38. Solicitar, a las dependencias y organismos auxiliares federales, estatales y municipales, así como a los propietarios poseedores de predios; los datos, documentos o informes que sean necesarios para integrar y actualizar el padrón catastral municipal; 
  39. Sustentar la determinación de las bases para el cobro de los Impuestos Predial, Impuesto Sobre Negocios Jurídicos e Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales, así como de las demás contribuciones; y 
  40. Validar los trabajos técnicos de valuación realizados por el personal designado para ello; 

Departamento de Trámite y Registro

  1. Dar trámite a los Avalúos Técnicos elaborados por diferentes conceptos como son inconformidades, manifestaciones de construcción y de excedencia de superficie, rectificaciones de superficie, actualización del Valor Catastral, fusiones, subdivisiones, etc;
  2. Resguardo y control de los documentos que conforman los comprobantes de Anotaciones Catastrales.
  3. Realizar el trámite a través de las Anotaciones Catastrales de los Avisos de Transmisiones Patrimoniales por operaciones traslativas de dominio; y 
  4. Realizar las anotaciones catastrales con el fin de actualizar el Valor Catastral, base para la determinación de las contribuciones inmobiliarias.

Departamento de Cartografía

  1. Asignar y Conservar la clave catastral de cada uno de los bienes inmuebles inscritos en el Catastro Municipal;
  2. Dictamen de valor para operaciones traslativas de dominio;
  3. Elaboración de Avalúos Técnicos de los predios Rústicos y Urbanos, por inconformidad, para subdivisiones, fusiones, rectificaciones, por manifestación de construcción, etc;
  4. Elaborar, actualizar y modificar la Cartografía de los predios ubicados en el Municipio;
  5. Formular los proyectos de tablas de valores unitarios de terreno y de construcción del municipio;
  6. Inspección y validación en campo de predios y construcciones para su actualización cartográfica;
  7. Mantener los sistemas y bases de datos cartográficas en óptimas condiciones de funcionamiento;
  8. Realizar los trabajos técnicos tendientes a lograr la identificación, valuación, revalidación y delimitación de los predios de su jurisdicción, mediante levantamientos topográficos entre otros.
  9. Revisión y autorización de avalúos de peritos valuadores externos para efectos de Transmisión Patrimonial; y
  10. Las demás que le asigne el Director de Catastro, las leyes en la materia, sus reglamentos y otras disposiciones aplicables.

Departamento de Informática

  1. Apoyar en la elaboración de la propuesta de las Tablas de Valores de Terreno y Construcción de predios Urbanos y Rústicos;
  2. Cálculo del Impuesto Predial, recargos y Valuación Masiva de los predios de la Ciudad a través de procesos automáticos;
  3. Creación y modificación de Reportes para su uso interno e interdepartamental;
  4. Depuración, mantenimiento y actualización de los sistemas y Bases de Datos existentes;
  5. Generación de Reportes por Predio de la Valuación Masiva (RPP); y
  6. Mantenimiento del plano general de la Ciudad y Cartografía manzanera , predios y construcciones en micro station para su Vinculación a la base de datos alfa numérica y posteriormente crear archivos que contienen las coordenadas en formato SHP que se utilizaran en el Visor de Cartografía;
  7. Digitalización de los documentos que conforman los comprobantes de Anotaciones Catastrales;
  8. Digitalizar los planos de los predios tanto rústicos como urbanos IX. para mantener actualizadas las bases de datos; y
  9. Mantener los sistemas y bases de datos cartográficas en óptimas condiciones de funcionamiento.

Departamento de Servicios Catastrales

  1. Constancias de no adeudo;
  2. De autorización y revisión de avalúos de peritos valuadores;
  3. De certificados catastrales con historial;
  4. De dictámenes de valor;
  5. De fusión de predios;
  6. De manifestación de construcción;
  7. De rectificación al padrón Catastral;
  8. De subdivisiones de predios, entre otros;
  9. Expedición de documentos y cartografía certificada;
  10. Manifestaciones de excedencias de terreno;
  11. Recepción de las solicitudes de servicios catastrales para turnarlas a cada una de las áreas para su atención;
  12. Revisión de los avisos y anexos que presentan los notarios públicos por operaciones traslativas de dominio y en su caso verificación del cálculo del Impuesto Sobre Transmisión Patrimonial; y
  13. Las demás que le asigne el Director de Catastro, las leyes, este Reglamento, su propio reglamento y otras disposiciones reglamentarias.

Regulación básica

De la Dirección de Catastro Municipal
Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Zapotlán el Grande (páginas 59-62)

Recursos

Recursos materiales, humanos y financieros asignados para la realización de la función pública y la prestación del servicio público.


Se publica información fundamental señalada el Artículo 8, Fracción VI, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios. Fecha de la última revisión y/o actualización: martes, 17 de diciembre de 2019.


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