REFORMAS Y ADICIONES AL
REGLAMENTO DE MERCADOS Y TIANGUIS DEL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO
CAPÍTULO VI
TRASPASOS Y CAMBIOS DE GIROS
Artículo 36 (Reformado).- Cuando el locatario titular hubiese fallecido sin haber indicado sucesor en la forma establecida en el artículo anterior, los derechos del occiso serán adjudicados a quien dependa económicamente de él, debiéndolo acreditar por cualquier medio ante el Juez Municipal. Si no existen dependientes o existiendo no les interesa la adjudicación, el Administrador del Tianguis lo registrará a favor del solicitante que se encuentre en primer lugar en la lista de espera, que será publicada previa certificación del Secretario General del Ayuntamiento, en tablero de avisos del tianguis municipal y mercados.