Reglamento Municipal de Zonificación y Control Territorial del Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.
Correspondiente al 16 de julio de 2019
Artículo 497. Quienes realicen obras de urbanización, edificación, instalación, modificación, ampliación, reparación, demolición, subdivisiones y aprovechamientos, así como intervenciones en inmuebles y zonas con valor patrimonial, en el territorio del municipio de Zapotlán el Grande, deberán obtener la licencia correspondiente en los términos establecidos en el presente capítulo.
Artículo 498. Los requisitos para obtener una licencia para obras de edificación, remodelaciones, ampliaciones, movimiento de tierras son las siguientes:
I. Solicitud firmada por el propietario, por el Director Responsable en Proyecto de Edificación y el Corresponsable en Estructura, y en su caso, Director Responsable de Obra de Infraestructura para la licencia de movimiento de tierras.
II. Identificación del solicitante y del Director Responsable en Proyecto de Edificación y el Corresponsable en Estructura, y en su caso, Director Responsable de Obra de Infraestructura para la licencia de movimiento de tierras.
III. Constancia que acredite el derecho a construir, con plano del terreno (título de propiedad, resolución administrativa o presidencial, título de solar urbano registrado ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio con sede en esta Ciudad.
IV. Constancia que acredite la posesión del predio:
a) Diligencias de jurisdicción voluntaria.
b) Certificación de hechos ante notario.
c) Otras a juicio de la Dirección de Ordenamiento Territorial.
V. Constancia de alineamiento, de número oficial y constancia catastral.
VI. Para obras de edificación, remodelaciones y ampliaciones, constancia de la administración de Agua Potable y Alcantarillado SAPAZA de que el predio cuenta con el servicio de agua potable para nuevas urbanizaciones o relotificaciones que incrementen la densidad de la zona.
VII. Recibo de pago de los derechos por licencia de edificación con el sello de la caja.
VIII. Dos tantos del proyecto de la obra (si está aprobado, copia en dos tantos de la aprobación, en caso 153 contrario la solicitud firmada)
IX. Dictamen de Usos y Destinos Específicos.
X. Dictamen de Trazo, usos y destinos específicos.
XI. Bitácora de obra firmada por quien tenga la responsiva de obra en caso de edificaciones o urbanizaciones.
XII. Calendario de Obra.
XIII. Presupuesto de Obra.
XIV. Registro como Director Responsable en Proyecto de Edificación, en Obra de Infraestructura ante la Comisión Municipal de Directores Responsables, Corresponsables y Peritos en Supervisión Municipal.
XV. Las autorizaciones necesarias de otras Dependencias de Gobierno, en los términos de las Leyes relativas, cuando se trate de obras o instalaciones en zonas sujetas a estudios especiales
XVI. Se deroga.
XVII. Para los casos de edificaciones de más de 5 niveles de altura o de cualquier altura que requieran de sistemas especiales de cimentación se requerirá la firma de un Director Corresponsable en estructura.
XVIII. Para los casos de Instalaciones industriales especializadas, como petroquímicas, plantas de tratamiento, procesadores de bioenergía o similares se requerirá la firma de un Director corresponsable en estructura.
XIX. Para los casos de Obras de infraestructura de relevancia y fuerte impacto a las actividades sociales, de servicios e industriales como las de carácter portuario, aeropuertos, presas, usinas, Instalaciones subterráneas o aéreas en la vía pública realizadas por cuenta de particulares y estaciones repetidoras de comunicación se requerirá de la firma de un Director en Obra de Infraestructura.
En el caso de auto construcciones, por una sola vez y cuando la vivienda sea menor a 30 metros cuadrados en planta baja, los particulares podrán solicitar la licencia correspondiente, presentando los requisitos I al VI que anteceden. Es tipo de trámites serán firmados por un Arquitecto o Ingeniero con Cédula Profesional Estatal. Para proyectos de edificación en cualquier género mayores a 300 m2 forzosamente se requerirá la firma del director corresponsable en instalación eléctrica e hidrosanitaria.