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Trámites y servicios

Información del trámite o servicio

Recorridos Turísticos.

Solicitud de recorridos turísticos guiados en el Centro Histórico, Parque Ecológico "Las Peñas" y Laguna de Zapotlán.

Sobre este trámite

Solicitud de recorridos turísticos guiados en el Centro Histórico, Parque Ecológico "Las Peñas" y Laguna de Zapotlán.

A quién está dirigido

Instituciones educativas.

Que obtendrás

Recorrido turístico guiado por la Coordinacion de Desarrollo Turístico. 

Documentos que necesitas

Imprimir y llenar la solicitud para prestación del servicio de recorrido turistico guiado por el municipio que se encuentra en el siguiente enlace:

Formato de solicitud del servicio (45 KB)

Así mismo, es de mucha ayuda que imprima el formato adicional que se encuentra en el enlace llamado formato de evaluaciones de recorridos turísticos, para que en lo posterior se entregue al encargado del recorrido al finalizar este.

Requisitos

Llenar formato de solicitud y entregarlo con 3 días de anticipación, para programarlo de acuerdo al calendario de actividades del departamento de Turismo.

Como solicitarlo

El formato de solicitud se entrega de manera presencial en la oficina de Desarrollo Turístico ubicada en Av. Arq. Pedro Ramírez Vázquez No. 2288, edificio de Cuspide primera planta, Ciudad Guzmán Jalisco, teléfono 341-4122563, de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas.

Donde solicitarlo

Coordinación General de Desarrollo Económico.

Coordinación de Desarrollo Turístico.
Av. Arq. Pedro Ramírez Vázquez No. 2288, Ciudad Guzmán, Jalisco, edificio Cúspide primera planta
414122563
8:30 a 15:00 horas, de lunes a viernes.
Juan Manuel Guzmán Silva
Costo

Cuota de recuperación.

Lugares donde se puede efectuar el pago

Pagar en el momento de la prestación del servicio.

Plazo para la atención del trámite

De acuerdo al calendario de actividades del departamento de Turismo.

Fundamento jurídico

Reglamento de Turismo y Servicios para el Municipio de Zapotlán el Grande, Jalisco.

CCAPITULO VII

DE LA PROTECCION Y ORIENTACION AL TURISTA.

Correspondiente 15 de Julio de 2019

Artículo 33.- Para los efectos de orientación y protección al turista el Departamento de Turismo deberá brindar los servicios que a continuación se enlistan:

I. Servicio de atención telefónica

II. La información derivada del catálogo de oferta turística:

III. El servicio de orientación y emergencia mecánica;

IV. Atender toda clase de queja, sugerencia o necesidad de apoyo al turista, canalizándolo a la autoridad competente en los casos y apoyando sus gestiones, en la medida de lo posible;

V. Conciliación de intereses entre los Prestadores de Servicios Turísticos y el turista, buscando una solución equitativa para ambas partes, a fin de que se mantenga la buena imagen del centro turístico involucrado;

VI. Denunciar ante las autoridades competentes, con base en las anomalías detectadas, a los prestadores de servicios que ameriten ser sancionados; y

VII. El establecimiento de los módulos de información y orientación en las terminales de autobuses y zonas de ingreso o accesos turísticos.

CAPITULO X

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TURISTAS

Artículo 42. Los turistas, con independencia de los derechos que les asisten como consumidores, tendrán en los términos previstos en este Reglamento, los siguientes derechos:

I. Recibir información útil, precisa, veraz y detallada, con carácter previo, sobre todas y cada una de las condiciones de prestación de los servicios turísticos;

II. Obtener los bienes y servicios turísticos en las condiciones contratadas;

III. Obtener los documentos que acrediten los términos de su contratación, y en cualquier caso, las correspondientes facturas o comprobantes fiscales legalmente emitidas;

IV. Recibir del prestador de servicios turísticos, los bienes y servicios de calidad acortes con la naturaleza y cantidad de la categoría que ostente el establecimiento elegido;

V. Recibir los servicios sin ser discriminados en los términos de este Reglamento;

VI. Disfrutar el libre acceso y goce de todo el patrimonio turístico, así como su permanencia en las instalaciones de dichos servicios, sin más limitaciones que las derivadas de lo reglamentos específicos de cada actividad, y

VII. Contar con las condiciones de higiene y seguridad de sus personas y bienes en las instalaciones y servicios turísticos, en los términos establecidos en la legislación correspondiente.

Artículo 43. Son Obligaciones del turista:

I. Observar las normas usuales de convivencia en los establecimientos turísticos;

I. Respetar el entorno natural y patrimonio cultural de los sitios en los que realice una actividad turística.

II. Acatar las prescripciones particulares de establecimientos mercantiles y empresas cuyos servicios turísticos disfruten o contraten y, particularmente las normas y reglamentos mercantiles de uso o régimen interior,

III. Pagar el precio de los servicios utilizados en el momento de la presentación.

La solicitud será resuelta por
Jefatura de Desarrollo Turístico

Derechos del Usuario

ANTE LA NEGATIVA O FALTA DE RESPUESTA

Afirmativa Ficta: cuando en los casos donde el gobierno municipal no responde o emite una resolución dentro del plazo señalado en el presente reglamento, se entenderá que el trámite o servicio tuvo resolución positiva, y el área responsable estará obligado a proporcionar el mismo.

REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA E INNOVACIÓN GUBERNAMENTAL DEL MUNICIPIO DE ZAPOTLÁN EL GRANDE, JALISCO.

Artículo 90.- Para el cumplimiento de cada trámite y servicio, los órganos y áreas municipales tendrá el término que le señala su reglamento para su expedición o prestación  del servicio al vencimiento de dicho plazo sin que el ciudadano o ciudadana no haya recibido respuesta alguna se aplicará la afirmativa ficta.

Esta acción de mejora regulatoria no es posible aplicarla a todo tipo de trámites, específicamente no se podrá hacer en aquellos casos donde es estrictamente necesaria la resolución y entrega de documentos físicos o que en su caso, alguna disposición determine lo contrario.

Lugares para reportar presuntas anomalías en la realización del trámite

Ningún servidor público del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande está facultado para solicitar documentos adicionales a los requisitos establecidos en este formato, ni para requerir pagos por la realización del servicio, distintos al costo oficial establecido.

Reporte cualquier anomalía a:

Contraloria Municipal UBICADA EN

1ro de Mayo # 126 (Plaza del Río) locales 19 y 20
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 412 8870

Servitel UBICADO EN

Av. Cristobal Colon 62 Centro, Altos del Palacio Municipal
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas
Teléfono: 341 575 2589

Última actualización: martes, 18 de enero de 2022

NOTA: La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La impresión de este documento no genera derechos ni prerrogativas al portador por parte del Gobierno Municipal y se extiende sólo con fines informativos.

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